Salta Ley 8387 Adhesión a la Ley Nacional 27.716 de Diagnostico Humanizado

Vigente, de alcance general


Adhesión a la Ley Nacional 27.716 de Diagnostico Humanizado

LEY 8.387

SALTA, 27 de Julio de 2023

Boletín Oficial, 30 de Agosto de 2023

Vigente, de alcance general

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

Artículo 1º.- Adhiérase la provincia de Salta a la Ley Nacional 27.716 de Diagnostico Humanizado.

Art. 2º.- EI Poder Ejecutivo Provincial designa la Autoridad de Aplicación de la presente Ley, la que debe generar, colectar y sistematizar la información respecto a la cantidad de casos diagnosticados con Síndrome de Down y remitir a la Autoridad de Aplicación Nacional, con la debida protección de los datos personales en los términos de la Ley Nacional 25.326.

Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Firmantes

MAROCCO-LÓPEZ MIRAU-AMAT LACROIX-MEDINA