JUJUY – LEY 6.354- Adhesión a la Ley Nacional 27.709

Creación del Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27.709

LEY 6.354

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de Noviembre de 2023

Boletín Oficial, 10 de Noviembre de 2023

Vigente, de alcance general

La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

ARTÍCULO 1º.- Adhiérese la Provincia de Jujuy en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 27.709 «LUCIO» de Prevención y Detección Temprana de la Violencia contra los Niños, Niñas y Adolescentes.

ARTÍCULO 2º.- La Autoridad de Aplicación de la presente Ley es el Ministerio de Desarrollo Humano, a través de la Secretaria de Protección a las Infancias y Adolescencias, u organismo que en el futuro lo reemplace, quedando facultado para dictar todas las disposiciones aclaratorias y/o complementarias necesarias para su implementación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

Firmantes

Dr. Fernando D. Infante Secretario Parlamentario Legislatura de Jujuy Dip. Adolfo Fabián Tejerina Vicepresidente 1°