Salta Ley 8387 Adhesión a la Ley Nacional 27.716 de Diagnostico Humanizado
Vigente, de alcance general
LEY 8.387
SALTA, 27 de Julio de 2023
Boletín Oficial, 30 de Agosto de 2023
Vigente, de alcance general
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
Artículo 1º.- Adhiérase la provincia de Salta a la Ley Nacional 27.716 de Diagnostico Humanizado.
Art. 2º.- EI Poder Ejecutivo Provincial designa la Autoridad de Aplicación de la presente Ley, la que debe generar, colectar y sistematizar la información respecto a la cantidad de casos diagnosticados con Síndrome de Down y remitir a la Autoridad de Aplicación Nacional, con la debida protección de los datos personales en los términos de la Ley Nacional 25.326.
Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
MAROCCO-LÓPEZ MIRAU-AMAT LACROIX-MEDINA